REGLAMENTO DEL CONCURSO SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA

 

Artículo 1: Organización

FEMIVOZ, bajo la responsabilidad de la logopeda Mariela Astudillo, organiza un sorteo gratuito sin obligación de compra desde el martes 2 de junio de 2021 a las 12.00 horas hasta el miércoles 30 de junio de 2021 a las 12.00 horas. Mariela Astudillo organiza un sorteo en Instagram para ganar un Pack Emily 1. Este sorteo no está gestionado o patrocinado por Instagram, que la organizadora descarga de cualquier responsabilidad. La información que deben proporcionar los participantes se proporciona a Mariela Astudillo y no a Instagram.

 

Artículo 2: Participantes

Este sorteo gratuito sin obligación de compra está abierto a personas de todas las edades, independientemente de su lugar de residencia y de su sexo e identidad (se requiere el consentimiento previo de los padres para los menores). Quedan excluidos del juego las personas que no reúnan las condiciones anteriores, así como los miembros del personal de «La organizadora» y toda persona que haya participado directa o indirectamente en la concepción, a la realización o a la gestión del juego, así como a su cónyuge y a los miembros de sus familias: ascendientes y descendientes directos u otros parientes que vivan o no bajo su techo. «La organizadora» se reserva el derecho de pedir a cualquier participante que justifique las condiciones anteriormente expuestas. Cualquier persona que no cumpla estas condiciones o que se niegue a justificarlas será excluida del juego y no podrá, en caso de ganancia, beneficiarse de su lote. Solo se permite una participación por persona (mismo nombre, misma dirección). «La organizadora» se reserva el derecho de proceder a cualquier verificación para el cumplimiento de esta regla.La participación en el juego implica la plena aceptación del presente Reglamento.

 

Artículo 3: Modalidades de participación

Los participantes deben dirigirse a la siguiente dirección URL: https://www.instagram.com/femivoz/ y seguir las instrucciones siguientes:

– Seguir a https://www.instagram.com/femivoz/ y https://www.facebook.com/femivoz

– Mencionar en comentario a 3 amigos que pueden estar interesados.

– Hacer un Storie citando a @femivoz y usando el hashtag #femivoz

Cualquier participación efectuada en contravención de las disposiciones del presente Reglamento invalidará la participación. Cualquier participante sospechoso de fraude podrá ser excluido del concurso por «La organizadora» sin que ésta tenga que justificarse. Se considerará nula toda identificación o participación incompleta, errónea o ilegible, voluntaria o involuntariamente, o realizada en cualquier forma distinta de la prevista en el presente Reglamento. La misma sanción se aplicará en caso de participación múltiple.

 

Artículo 4: El regalo

Las asignaciones son las siguientes:
Un Pack Emily 1. El valor del mismo es de 35€ + gastos de envío. Validez del premio: 7 de julio 2021.
El valor de los precios se determina en el momento de la redacción del presente Reglamento y no puede ser objeto de controversia en cuanto a su valoración.

 

Artículo 5: Nombramiento del ganador/a

Al final del concurso, el sorteo se realizará el 30/06/2021 (a las 12h00 hora Europea).

 

Artículo 6: Anuncio del ganador/a

El ganador/a será anunciado en Instagram y Facebook el 30/06/2020 (a las 12h00 hora Europea) en publicación y contactado directamente por mensaje privado en Instagram.

 

Artículo 7: Envío del premio

Una vez se haya anunciado el ganador/a, la logopeda Mariela Astudillo contactará con esa persona para intercambiar la información necesaria para llevar a cabo el envío del premio por mensajería.

 

Artículo 8: Uso de los datos personales de los participantes

La información de los participantes será registrada y utilizada por «La organizadora» para memorizar su participación en el sorteo y permitir la atribución del viaje combinado. Los participantes podrán oponerse, por motivos legítimos, a que sus datos personales comunicados en el marco de este juego sean objeto de tratamiento. Dispondrán asimismo de un derecho de oposición a que se utilicen con fines de prospección comercial, al margen de la participación en este concurso, que podrán hacer valer desde el registro de su participación dirigiéndose por correo a «La organizadora» cuya dirección se menciona en el artículo 1. El ganador autorizará a «La organizadora» a utilizar, a título publicitario o de relaciones públicas, sus datos de contacto (nombre y apellidos), en cualquier soporte, sin que ello les confiera una remuneración, cualquier derecho o ventaja que no sea la asignación de su lote. De acuerdo con la Ley de Informática y Libertades en su última versión, así como en el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el participante podrá ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión de datos, limitación del tratamiento, su derecho a la portabilidad de los datos, su derecho de oposición, así como su derecho a retirar su consentimiento dirigiéndose por correo a «La organizadora» cuya dirección se menciona en el artículo 1.

 

Artículo 9: Reglas del juego

El Reglamento podrá consultarse en el siguiente sitio web: https://www.instagram.com/femivoz/ Podrá dirigirse gratuitamente a cualquier persona que lo solicite a «La organizadora». «La organizadora» se reserva el derecho de prolongar, acortar, modificar o cancelar el juego en cualquier momento, en particular en caso de fuerza mayor, sin que los participantes puedan pretender ninguna indemnización.

 

Artículo 10: Propiedad industrial e intelectual

La reproducción, representación o explotación de todos o parte de los elementos que componen el juego están estrictamente prohibidas. Todas las marcas, logos, textos, imágenes, vídeos y demás signos distintivos reproducidos en el sitio, así como en los sitios a los que éste permite el acceso a través de enlaces hipertextos, son propiedad exclusiva de sus titulares y están protegidos por las disposiciones del Código de la Propiedad Intelectual para todo el mundo. Su reproducción no autorizada constituye una falsificación sancionable penalmente. Toda reproducción, total o parcial, no autorizada de estas marcas, logotipos y signos constituye una infracción sancionable penalmente. La participación en este juego implica la plena aceptación del presente Reglamento por parte de los participantes.

 

Artículo 11: Responsabilidad civil

La responsabilidad de «La organizadora» no podrá incurrirse en caso de fuerza mayor o de caso fortuito independiente de su voluntad. «La organizadora» no puede ser considerada responsable de los retrasos, pérdidas, robos, averías de los correos, falta de legibilidad de los sellos debido a los servicios postales. Tampoco podrá ser considerada responsable y no podrá interponerse ningún recurso contra ella en caso de que se produzcan acontecimientos que presenten las características de fuerza mayor (huelgas, inclemencias del tiempo…) privando parcial o totalmente a los participantes de la posibilidad de participar en el juego y/o a los ganadores del beneficio de sus ganancias. «La organizadora», así como sus prestadores y socios, no podrán ser considerados en ningún caso responsables de los eventuales incidentes que puedan producirse en la utilización de las dotaciones por parte de los beneficiarios o de sus invitados, una vez que los ganadores hayan tomado posesión de las mismas. Del mismo modo, «La organizadora», así como sus prestadores y socios, no podrán ser considerados responsables de la pérdida o del robo de las dotaciones por parte de los beneficiarios una vez que los ganadores hayan tomado posesión de ellas. Cualquier coste adicional necesario para la toma en posesión de las dotaciones correrá a cargo de los ganadores sin que éstos puedan solicitar ninguna compensación a «La organizadora», ni a las sociedades prestadoras o socios.

 

Artículo 12: Litigio y reclamación

El presente Reglamento se regirá por la ley francesa. «La organizadora» se reserva el derecho de resolver sin apelación cualquier dificultad que pueda surgir en cuanto a la interpretación o a la aplicación del presente Reglamento, quedando entendido que no se admitirá ninguna impugnación, en particular, sobre las modalidades del juego, sobre los resultados, sobre las ganancias o su recepción, un mes después del final del juego. Salvo en caso de errores manifiestos, se acuerda que la información resultante de los sistemas de juego de «La organizadora» tendrá fuerza probatoria en todo litigio relativo a los elementos de conexión y al tratamiento informático de dichas informaciones relativas al juego. Cualquier reclamación debe ser enviada dentro del mes siguiente a la fecha de finalización del juego a «La organizadora». Transcurrido este plazo, no se aceptará ninguna reclamación. La participación en el juego implica la plena aceptación del presente Reglamento.

 

Artículo 13: Acuerdo probatorio

De acuerdo expreso entre el participante y «La organizadora», los sistemas y ficheros informáticos de «La organizadora» serán los únicos auténticos. Los registros informatizados, conservados en los sistemas informáticos de «La organizadora», en condiciones razonables de seguridad y fiabilidad, se considerarán prueba de las relaciones y comunicaciones entre «La organizadora» y el participante. Por consiguiente, se acuerda que, salvo error manifiesto, «La organizadora» podrá invocar, en particular para probar cualquier acto, hecho u omisión, de los programas, datos, ficheros, registros, operaciones y demás elementos (tales como informes de seguimiento u otros estados) de naturaleza o en formato o soporte informático o electrónico, elaborados, recibidos o conservados directa o indirectamente por «La organizadora», en particular en sus sistemas informáticos. Los elementos considerados constituyen así pruebas y si son presentados como medios de prueba por «La organizadora» en cualquier procedimiento contencioso o de otro tipo, serán admitidos, válidos y oponibles entre las partes del mismo modo, en las mismas condiciones y con la misma fuerza probatoria que cualquier documento que se extienda, reciba o conserve por escrito. Se presumirá que las operaciones de cualquier naturaleza realizadas con el identificador y el código asignados a un participante tras la inscripción se han realizado bajo la responsabilidad del participante.

 

Hecho en Málaga, el 25 de mayo de 2021.

 

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